QUÉ HACEMOS
Prestamos asesoría legal en el ámbito inmobiliario y te ayudamos a resolver problemas judiciales y contractuales relacionados con propiedades.
Prestamos asesoría legal en el ámbito inmobiliario y te ayudamos a resolver problemas judiciales y contractuales relacionados con propiedades.
Asesoría legal para la compra de propiedades:
Estudio de títulos.
Redactamos y revisamos contratos de promesa, de compraventa y mutuos hipotecarios.
Realizamos alzamiento de embargos, precautorias, hipotecas y todo tipo de gravámenes; saneamiento de títulos
Subsanamos reparos de bancos.
Subsanamos reparos de conservadores de bienes raíces.
Rectificamos escrituras e inscripciones.
Reestructuración patrimonial.
Acciones reivindicatorias, querellas posesorias y precarios.
Preparación de estrategias preventivas para evitar el embargo de bienes.
Juicios de incumplimiento, nulidad y resolución de contrato de promesa y de compraventa.
Juicios de demarcación de deslindes.
Realizamos regularización administrativa de títulos de dominio sobre una propiedad raíz ante el Ministerio de Bienes Nacionales (DL Nº 2.695).
Juicios por infracción a la Ley de Urbanismo y Construcción.
Asesoramos en materia de copropiedad inmobiliaria.
Te defendemos en juicios por estafa, contratos simulados, falsificación de instrumentos públicos y privados. Fraudes en general.
Tramitamos posesiones efectivas, sus ampliaciones y rectificaciones.
Redactamos testamentos y escrituras de separación de bienes y de liquidación de sociedad conyugal.
Te representamos en disputas judiciales por división del patrimonio a consecuencia de la separación o divorcio.
Juicios de partición, de petición de herencia y nulidad de testamento.
Juicios de disolución y liquidaciones de sociedades comerciales/disolución.
Disputas judiciales por división del patrimonio a consecuencia de la separación o divorcio.
Nos encanta escuchar a nuestros clientes y como resultado de las consultas más habituales hemos elaborado esta sección de preguntas frecuentes. Te acercamos a la solución legal de tu problema.
Que no tenga embargos, medidas precautorias y/o hipotecas, en este último caso que el vendedor cuente con el certificado ley 20.130 que te permita conocer el monto actual de la deuda y si éste se logra pagar con el precio, además de contar con la autorización del banco que debe alzar la hipoteca.
Que quien te la vende sea el dueño o un mandatario con poder.
Que no se encuentre afecta a posible expropiaciones.
Que la propiedad no se esté disputando en un litigio actual.
Si vas a vender una propiedad que está hipotecada:
Debes solicitar a tu banco o institución financiera la liquidación de prepago de las deudas que se pagará anticipadamente, información que se materializa en la entrega del “certificado Ley Nº 20.130”, documento que te permitirá saber además del capital adeudado, el valor de la comisión de prepago y los intereses devengados a la fecha.
Si vas a comprar una propiedad que mantiene una o más hipotecas vigentes:
Debes solicitar el “certificado Ley Nº 20.130”, este certificado te permitirá conocer con certeza el monto adeudado por tu vendedor ante el respectivo banco o institución financiera. El monto debe ser menor al valor de compra, pues solo de esa forma, el acreedor de tu vendedor procederá a alzar las garantías.
Una vez fallece un familiar, nos convertimos en herederos por el solo hecho de la muerte. Para poder de disponer de los bienes raíces que forman parte de la herencia, es necesario hacer la posesión efectiva. La forma de hacer el trámite depende de si la persona dejó testamento o no un testamento antes de fallecer. En el primer caso, se debe presentar una solicitud en el juzgado civil del domicilio del causante. En caso contrario, debes concurrir al Registro Civil para presentar la solicitud.
Posteriormente, el Servicio de Impuestos Internos determina si debe pagarse un impuesto a la herencia.
Como último trámite, practicar las inscripciones correspondientes en el Conservador de Bienes Raíces de la comuna en donde se ubica el inmueble.
Es importante contar con asesoría legal en este proceso, ya que un error en la tramitación puede entrampar por varios meses la venta de la propiedad por parte de los herederos.
Muchas veces, las transacciones implican algo más que un simple incumplimiento contractual y nos convierten en víctimas de un fraude. Esto ocurre cuando media el engaño, es decir, cuando la otra parte te ha convencido bajo una “puesta en escena” de celebrar un contrato, entregar tu propiedad o efectuar cualquier operación que implique un traspaso de ese bien causando un perjuicio a tu patrimonio.
En ese caso, debes recopilar la mayor cantidad de antecedentes que prueben la relación y presentar tu denuncia ante Fiscalía, Carabineros o PDI. Sin embargo, no es lo mismo ser víctima que ser querellante, esta última calidad te permite intervenir de manera activa en el curso de la investigación. Una asesoría legal oportuna en estos casos es fundamental.